La justicia de Río Cuarto tomó cartas en el asunto y dictaminó una medida cautelar contra el Banco de Córdoba, prohibiendo que continúe debitando más del 20% de los haberes de una empleada provincial. La resolución se sustenta en normativas de protección al consumidor y permanecerá vigente hasta que se resuelva definitivamente el caso.
El tribunal actuó de manera preventiva para evitar que se siga afectando desproporcionadamente el salario de la trabajadora mientras avanza el proceso judicial. Los magistrados consideraron que los argumentos presentados en la demanda son lo suficientemente sólidos como para justificar esta medida protectoria inmediata.
El fallo establece un límite claro: el Banco de Córdoba podrá realizar descuentos, pero siempre que no superen el 20% del total de haberes mensuales de la empleada. Esta restricción busca garantizar que la trabajadora conserve una porción sustancial de su ingreso para cubrir sus necesidades básicas mientras se resuelve si efectivamente existió conducta abusiva por parte de la entidad.
La decisión judicial refleja la aplicación de criterios de razonabilidad y proporcionalidad en materia de derechos económicos. Los tribunales entendieron que aunque existe un proceso judicial en trámite, la situación requería una intervención inmediata para evitar un daño irreparable o una vulneración mayor de derechos.
Esta cautelar marca un punto de inflexión en el conflicto entre la empleada y la institución financiera. Mientras se sustancia la causa en sus aspectos de fondo, la trabajadora podrá contar con mayor estabilidad económica, al estar limitados los descuentos sobre su salario. La medida permanecerá en vigencia hasta que exista una sentencia definitiva sobre el caso.
Imagen: Yusuf Onuk / Unsplash – Con informacion de Perfil





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